HASTA EL 31 DE DICIEMBRE SE ABRE EL CANGREJO EN CYL
En Asturias ya está abierto hasta el 30 de Noviembre
Texto
y fotos: Eduardo García Carmona
Mientras en ASTURIAS la pesca del CANGREJO SEÑAL y EL ROJO se puede realizar del
1 de marzo al 30 de noviembre con un máximo de 10 reteles por pescador desde UNA HORA antes de la salida del sol hasta UNA HORA DESPUES de la puesta, los días hábiles varían dependiendo del tipo de río o embalse y teniendo en cuenta que LOS JUEVES son días de veda total y los LUNES de pesca sin muerte aunque NO TIENE SENTIDO que una especie a erradicar por ser ESPECIE INVASORA no se pueda capturar dichos días. No existe cupo de capturas aunque todos los ejemplares capturados deberán ser sacrificados en el mismo lugar de pesca y NUNCA se podrán devolver al agua. Por si acaso, es interesante informarse en el BOPA o en el portal de pesca fluvial en Asturias para conocer con exactitud las zonas de pesca autorizadas. Como cebos “se pueden utilizar cualquier tipo de carnes y peces que no sean exóticos invasores, vivas o muertas”.En CASTILLA Y LEÓN se permite la pesca del cangrejo rojo y del cangrejo señal desde el 1 DE JUNIO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE en las masas de agua delimitadas de Castilla y León, salvo en los refugios de pesca declarados como los cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y refugios de pesca de la Comunidad de Castilla y León y se aprueban los correspondientes planes de pesca, bajo las siguientes condiciones: En aguas de acceso libre permitida todos los días durante estos meses. En los cotos de pesca, aguas en régimen especial y EDS permitida los días INHÁBILES para la pesca con caña.
La pesca del cangrejo sólo podrá practicarse en el período comprendido desde una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta. No existe limitación en cuanto a la talla y al cupo.
En
la pesca del cangrejo SOLAMENTE ESTARÁ PERMITIDO EL USO DE CEBOS MUERTOS. El
empleo de trozos de pescado se considera, a estos efectos, como cebo muerto.
Queda prohibida la utilización como cebo vivo o muerto de cualquier ejemplar de
especies exóticas invasoras o de sus partes y derivados.
CADA PESCADOR PODRÁ OCUPAR UNA LONGITUD DE ORILLA NO SUPERIOR A 100 METROS utilizando un máximo de 20 reteles, y respetando una distancia superior a 10 metros del retel del pescador inmediato.
Es a partir de JUNIO y hasta finales de verano cuando mayor actividad tendrán los crustáceos debido a las temperaturas de las aguas por lo que habrá que aprovechar porque no existen cupos aunque sí existen algunas restricciones especificadas en las normativas publicadas en cada CCAA.
El
número de cangrejos será indeterminado y lo que nunca se podrá será devolverlos
al río una vez extraídos del retel.
Que ustedes disfruten de la pesca en plena naturaleza y, después, buen provecho en la mesa porque las posibilidades culinarias son múltiples y muy sabrosas y en Pescarmona les presentamos la que más nos satisface por sencillez y exquisitez.
Una
vez que se han lavado bien, en una olla o cacerola grande, se cubre de aceite
el fondo. Se calienta el aceite y se echan los cangrejos hasta que tomen el
color característico.
En
un mortero se machan una cabeza de ajo (unos 10 dientes). Se acomoda de perejil
y se llena el mortero de vinagre.
Se
echa sal a gusto del consumidor.
En
un cazo o taza se echa una o dos copas de brandy. Se quema añadiéndolo a los
cangrejos. El secreto reside en este último paso.
Qué ustedes los disfruten.
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